viernes, 24 de mayo de 2013

Enmienda a la reforma laboral

Eso es en realidad lo que significa el acuerdo alcanzado por los sindicatos CC.OO. y UGT con las patronales CEOE y CEPYME. Un acuerdo para que se mantenga la vigencia de los convenios colectivos denunciados mientras duren las negociaciones para pactar uno nuevo, o se recurra a la mediación y arbitraje en los casos en los que no fuera posible un acuerdo.

Estaba en juego la vigencia de la ultraactividad de los convenios colectivos que posibilitaba que una vez finalizada la vigencia de un convenio colectivo, sus condiciones continuaran vigentes hasta la firma de un nuevo convenio colectivo. De no haberse firmado el acuerdo sobre ultraactividad, más de 1.500 convenios colectivos dejarían de tener efecto a partir del 8 de julio, según establece la reforma laboral, lo que podría afectar a cerca de 3 millones de trabajadores y trabajadoras que podrían perder las mejoras laborales y sociales conseguidas durante años de negociación colectiva en sus empresas.

ultraactividad El mantenimiento de la ultraactividad de los convenios colectivos fue una de las exigencias que tanto CC.OO. como UGT plantearon al gobierno durante la tramitación de la reforma laboral. Lo que  el gobierno negó, con el beneplácito de las patronales, la realidad y la presión laboral  han hecho que vuelva a tener vigencia por el acuerdo de la partes sociales.

La eliminación de la ultraactividad de los convenios posibilitaba la mala fe en la negociación colectiva, de manera que las patronales podían dilatar en el tiempo la negociación, con el único objetivo que pasado el tiempo establecido, la clausula de ultraactividad decayera y dejara a los trabajadores afectados en un limbo jurídico en el que los derechos laborales y sociales adquiridos a lo largo del tiempo se perdieran. Pero se han dado de bruces con la realidad en las empresas. Porque la posibilidad de la perdida de derechos abría también la posibilidad de la conflictividad laboral por la cerrazón de la patronal a una negociación basada en la buena fe de las partes.

El acuerdo subscrito se puede resumir en estos tres puntos:

  • El acuerdo insiste en la necesidad de intensificar los procesos de negociación en curso, a fin de propiciar el acuerdo antes del término legal de vigencia de los convenios.
  • Los negociadores deberán comprometerse a seguir negociando y a garantizar el mantenimiento de la vigencia del convenio durante dicho proceso de negociación.
  • Para resolver las situaciones de bloqueo de las negociaciones se deberá acudir a los sistemas de solución extrajudicial de conflictos.

En resumen el acuerdo pactado elimina uno de los aspectos más regresivos de la pasada reforma laboral, la eliminación de la ultraactividad de los convenios colectivos  y supone una enmienda a la reforma laboral que aprobó el  Gobierno del PP, que solo ha servido para destruir empleo y aumentar la conflictividad, y pretendía debilitar la negociación  colectiva y el papel de los
sindicatos.

Acuerdo de la Comisión de Seguimiento del II AENC y Acta de la reunión del 23 de mayo de 2013

Salud, República y Socialismo.

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